Delito de difusión y revelación de secretos de empresa: penas y claves

Autor: Dudatis.com

Delito de difusión y revelación de secretos de empresa: penas y claves

El Código Penal castiga el delito de difusión y revelación de secretos de empresa con penas de privación de libertad que pueden llegar hasta los cinco años. Nuestros expertos en Derecho penal de la empresa desvelan las claves de este delito relacionado con la información sensible de las compañías.

¿En qué consiste el delito de descubrimiento y revelación de secretos de empresa?

Los delitos de descubrimiento y revelación de secretos de empresa se encuentran tipificados en los artículos 278, 279 y 280 del Código Penal, dentro de los delitos relativos al mercado y los consumidores, que se encuentran en la Sección 3ª (De los delitos relativos al mercado y a los consumidores) del Capítulo XI (De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores), del Título XIII del Libro II.

El bien jurídico protegido en este tipo de delitos es la protección de la competencia en interés de todos los que participan en el mercado, para lo cual se sancionan todas aquellas conductas que constituyen una práctica de competencia desleal.

¿Qué es un secreto de empresa?

El artículo primero de la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales los define como «se considera secreto empresarial cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones:

a) Ser secreto, en el sentido de que, en su conjunto o en la configuración y reunión precisas de sus componentes, no es generalmente conocido por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utilice el tipo de información o conocimiento en cuestión, ni fácilmente accesible para ellas;
b) tener un valor empresarial, ya sea real o potencial, precisamente por ser secreto, y
c) haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo en secreto».

Pueden ser titulares de un secreto empresarial, tanto una persona física como una persona jurídica. Asimismo, la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, establece en su artículo 13 como actos de competencia desleal la violación de los secretos de empresa y remite a la regulación de la Ley 1/2019.

En cuanto a la jurisprudencia, ya en la Sentencia 285/2008, de 12 de mayo el Tribunal Supremo había definido los secretos de empresa de la siguiente manera: «Habremos de ir a una concepción funcional-práctica, debiendo considerar secretos de empresa los propios de la actividad empresarial, que de ser conocidos contra la voluntad de la empresa, pueden afectar a su capacidad competitiva. Así, serán notas características: La confidencialidad (pues se quiere mantener bajo reserva), La exclusividad (en cuanto propio de una empresa), El valor económico (ventaja o rentabilidad económica) y La licitud (la actividad ha de ser legal para su protección).

La Audiencia Provincial de Burgos, en Auto de 20 de noviembre de 2018 establece una tipología de secretos empresariales clasificándolos en tres grupos:

1. Los relativos a los aspectos industriales: fabricación, proveedores, costos, etc.
2. Los de tipo comercial: listas de clientes, descuentos, estrategias comerciales, etc.
3. Los relativos a la organización interna de la compañía: situación financiera, inversiones, etc.

Todos ellos tienen en común que su conocimiento afecta a la capacidad de la empresa para competir en el mercado.

Conclusiones

El delito de descubrimiento y revelación de secretos de empresa es castigado con penas de privación de libertad según lo establecido en el Código Penal. Para ser considerado un secreto de empresa, la información debe reunir ciertos requisitos de confidencialidad, valor empresarial y haber sido objeto de medidas razonables para mantenerlo en secreto. Este tipo de delitos tiene como finalidad proteger la competencia en el mercado y sancionar prácticas de competencia desleal. Es importante destacar que tanto las personas físicas como las personas jurídicas pueden ser titulares de un secreto empresarial. Si te encuentras en una situación relacionada con este delito, es recomendable que busques asesoramiento legal especializado.

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